Hart, Herbert, El concepto del derecho.

Bibliografía
Hart, Herbert, El concepto del derecho. Trad. Genaro R. Carrió, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1968.

Formas de la violencia

Disciplinas
Elementos de la violencia
Tema

Libro de teoría jurídica, o como el mismo autor llama: ensayo de sociología descriptiva, en el que el autor desarrolla un análisis que intenta promover la comprensión del derecho, la coerción y la moral. Su obra se ocupa del uso y funcionamiento del derecho, además de conceptos jurídicos generales.

Resumen

Herbert Hart plantea un tema comúnmente abordado y con una gran diversidad de respuestas: ¿Qué es el derecho? esta pregunta marcará la pauta para el desarrollo del libro. El autor comienza planteando respuestas y aportes del vox populi para encontrar alguna respuesta, señala la facilidad con la que un ciudadano común puede confundir el derecho con funciones correspondientes al Estado moderno. Para Hart, esta dificultad proviene de los elementos del derecho que son empleados para el funcionamiento del Estado. Sin embargo el problema necesita ser analizado a profundidad. Hart plantea tres problemas recurrentes para resolver su planteamiento:

  • ¿En qué se diferencie el derecho de las órdenes respaldadas por amenazas y qué relación tiene con ellas?

  • ¿En qué se diferencia la obligación jurídica de la obligación moral, y qué relación tiene con ella?

  • ¿Qué son la reglas, y en qué medida el derecho es una cuestión de reglas?

Para encontrar la respuestas, Hart analiza la naturaleza del derecho, la distinción entre ley comando y orden, la relación entre soberano y súbdito, la relación entre moral y derecho. Intentará finalmente, profundizar en la comprensión del derecho, la coerción y la moral como fenómenos sociales que están intrínsecamente relacionados.

El autor interpretará al derecho como una serie de “órdenes coercitivas”. Lo ejemplifica con el caso de un funcionario que ordena con base en amenazas, estas son parte del control jurídico en la diversidad de leyes y sistemas. Considera que el poder emite órdenes coercitivas, cuyo objetivo es obtener la obediencia de forma genérica, pudiendo estas órdenes nacer de las costumbres.

El contenido de las leyes dependerá de su especie, las hay de entre la que contienen la capacidad de conferir poderes y también las habrá, aquellas que dicten órdenes coercitivas, ambas, sin embargo, se aplican por medio de la amenaza. El autor afirma que el derecho debe ser usado como medio para controlar, orientar y planificar la vida en sociedad.

Considera la existencia del “ámbito de aplicación” del derecho, las leyes pueden no ser aplicadas a ciertos sujetos, estas van dirigidas a ciertos sectores de la sociedad.

Hart desarrollará la obligación como una categoría, para el autor, esta presupone la existencia de reglas de comportamiento, pues la obligación corresponde a un deber, a obedecer una regla. Continúa abordando las reacciones sociales derivadas de las obligaciones para introducir la discusión al terreno de la moral, las reacciones sociales corresponden a dos especies: por un lado, de quien a desobedecido a la obligación, existirá la vergüenza, producto de la presión social. Por el lado del soberano, este fungirá como un observador, un podrá o no acatar las reglas.

El último apartado del libro analiza los Elementos del derecho, poniendo como ejemplo a las sociedades primitivas que existen aun sin estructuras estatales y que se rigen por medio de la censura a las “desviaciones”, definidas siempre por las costumbres. Hart afirma que en estas sociedades existe menor presión social, pues al carecer de instituciones jurídicas, se vive en perpetua incertidumbre.

La solución que encuentra el autor está en introducir en estas comunidades, reglas de conocimiento o de autoridad, esto fomentará la creación de un sistema jurídico. Con estos fundamentos, se justifica la existencia del derecho.

En conclusión, el derecho está basado en el orden y la amenaza, un sistema social completo, Una dirección para la comunidad y la autoridad.

Caracterización de la violencia: El tipo de violencia que podemos encontrar en este libro es el de violencia política. Cuando el autor analiza la naturaleza del derecho, afirma que este está basado en el orden y la amenaza, su carácter es el de la coerción. Toda orden, es acompañada siempre de una amenaza, la cual está fundamentada desde algún sistema jurídico. Esta es la tarea ejercida de toda autoridad: el soberano, y acatada por los súbditos.

Citas textuales:

“No sólo el derecho y la moral comparten un vocabulario, de modo que puede hablarse de obligaciones, derechos y deberes morales y jurídicos; también todos los sistemas jurídicos nacionales reproducen la sustancia de ciertas exigencias morales fundamentales. El asesinato y el uso irresponsable de la violencia no son sino los ejemplos más obvios de la coincidencia entre las prohibiciones del derecho y la moral. Además, hay una idea, la de justicia, que parece unir ambos campos: es al mismo tiempo una virtud especialmente adecuada al derecho y la más jurídica de las virtudes. Hablamos de "justicia de acuerdo con el derecho", y también de la justicia o injusticia de las normas de derecho.” (pp. 9)

“...cuando el código moral prohibe a un hombre robar o recurrir a la violencia en perjuicio de otro, aun cuando su mayor fuerza o astucia podrían permitirle hacerlo con impunidad, el fuerte y el astuto quedan colocados en el mismo nivel que el débil y el torpe. Sus situaciones quedan moralmente igualadas. Por ello se considera que el hombre fuerte que no observa la moral y se aprovecha de su fuerza para dañar a otro, ha roto ese equilibrio u orden de igualdad establecido por las reglas morales; la justicia requiere entonces que este stcitus quo moral sea restablecido de inmediato por el transgresor.” (pp. 205)

“...la moral social de las sociedades que han alcanzado la etapa en que ella puede ser distinguida
de su derecho, incluye siempre ciertas obligaciones deberes que exigen un sacrificio de la inclinación o interés particular que es esencial para que sobreviva cualquier sociedad, en la medida en que los hombres y el mundo que nos rodea conserven algunas de sus características más familiares y evidentes. Entre tales reglas obviamente exigidas por la vida social se encuentran aquellas que prohiben, o al menos restringen, el libre uso de la violencia; las que exigen ciertas formas de honestidad y veracidad en el trato con los demás, y las que prohiben la destrucción de cosas tangibles o su apoderamiento en perjuicio de otros.” (pp. 213)

“Parece claro que el sacrificio de interés personal que tales reglas exigen es el precio que hay que pagar, en un mundo como el nuestro, para vivir en sociedad, y que la protección que ellas acuerdan
es el mínimo que, para seres como nosotros, hace que valga la pena vivir en sociedad.” (pp. 224)

“...salvo en sociedades con una cohesión muy estrecha, la sumisión al sistema de limitaciones
sería una insensatez si no hubiera una organización para coercionar a aquellos que tratarían de obtener las ventajas del sistema sin someterse a sus obligaciones. Hacen falta "sanciones", por lo tanto, no como el motivo normal para la obediencia, sino como una garantía de que aquellos que obedecen voluntariamente no serán sacrificados a quienes río lo hacen. Si no hubiera tal organización, obedecer sería arriesgarse a tener la peor parte. Dado este peligro, lo que la razón reclama es cooperación voluntaria dentro de un sistema coercitivo.” (pp. 245)