Shmitt, Carl, Teología Política

Bibliografía
Schmitt, Carl, Teología Política, Madrid, Trotta, 2009, pp. 11-58.

Formas de la violencia

Disciplinas
Elementos de la violencia
Tema

El sentido metafísico, y particularmente teológico, de la política, en tanto núcleo constitutivo de épocas y configuraciones jurídicas vigentes en realidades histórico-políticas concretas; en contraste con la gran vitalidad de la que gozaba el iuspositivismo en aquel periodo (Socialdemocracia 1917-1933).

Resumen

Schmitt rechaza completamente la idea de que el derecho sea independiente de la moral y del pensamiento metafísico, suposición que es reforzada por Hans Kelsen, con quien Schmitt parece entablar un debate por medio de esta obra, que se desarrolla en un discurso principalmente sociológico (político). Para Schmitt, el derecho no puede realizarse a sí mismo y los es, en cambio, mediante la decisión de quien tiene la competencia para tomarla, de manera tal que la configuración o forma que adopta el precepto jurídico puesto en práctica dependen de su realizador. El problema de la autoridad y el soberano en este sentido son, para Schmitt, más importantes que el contenido del derecho. Esto se debe fundamentalmente a que el contenido mismo de la norma, en vez de ser producido simplemente en una concepción positiva, más bien es consonante con el “núcleo metafísico” de su periodo histórico, adoptado y sostenido por la autoridad misma.

Caracterización de la violencia:

Aunque permanece subyacente, es de gran importancia la concepción de Schmitt en torno a la violencia, que en el caso de esta obra gira en torno a lo que corresponde con una violencia política. Centrándose en la toma de decisiones en torno a lo que es importante y lo que no, la violencia aquí es evocada a través de la noción implícita de uso de la fuerza del Estado, que es en Schmitt indisociable de la soberanía, cuyo concepto límite es que el “soberano es quien decide sobre el estado de excepción" (p. 13), la suspensión de normas y garantías para el uso de la fuerza a discreción.

Citas textuales:

“Una razón sistemática lógico-jurídica hace del estado de excepción un sentido eminente de la definición jurídica de soberanía. Pues la decisión sobre la excepción es decisión en sentido eminente” (p. 13).

“En la realidad de la vida jurídica importa quién decide. Junto a problema de la corrección del contenido está el de la competencia. En la oposición entre sujeto y contenido de la decisión, y en la significación propia del sujeto, estriba el problema de la forma jurídica” (pp. 34-35).

“La idea del derecho no puede realizarse a sí misma, y cada vez que se convierte en realidad requiere conjuración y formación. Y esto es válido lo mismo si se trata de dar forma a un pensamiento jurídico general en una ley positiva, que si se pretende aplicar una forma jurídica general positiva en la administración pública o en la administración de justicia” (p. 30).

“hemos reconocido lo político como lo total y sabemos, en consecuencia, que la decisión acerca de si algo es impolítico implica siempre una decisión política, y es indiferente quién la toma y con qué fundamento de prueba la arrogue. Esto vale igualmente para la cuestión de si una teología determinada es política o impolítica” (p. 12).